Comunicado 748
09 de Mayo 2022
Pasa en Comisiones reforma de paridad para candidatura al Ejecutivo estatal
- Las modificaciones aprobadas en comisiones entrarán en vigor después de las elecciones de 2023.
- Sin importar el género que postulen los partidos políticos en otros estados, la entidad mexiquense definirá su candidata o candidato en función de la alternancia y paridad local anterior.
El Congreso mexiquense aprobó en comisiones reformas constitucionales y legales para garantizar la paridad de género en la postulación de candidatas y candidatos al Ejecutivo estatal y que, independientemente del género que se elija en otras entidades, en el Estado de México serán los propios partidos políticos los que de forma soberana tomen esa decisión.
Por unanimidad, las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Desarrollo Electoral y Democrático avalaron las iniciativas de reforma a la Constitución local a los artículos 12 y 66 presentadas por el senador y la diputada de Morena, Higinio Martínez Miranda y Yesica Yanet Rojas Hernández, así como al artículo 248 del Código Electoral del Estado de México propuesto por la diputada del Partido Acción Nacional, Miriam Escalona Piña, en materia de alternancia y paridad de género.
Durante la sesión, el presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, diputado Enrique Jacob Rocha, resaltó que con estos cambios constitucionales y legales, que entrarán en vigor después de las próximas elecciones de 2023, se garantiza la paridad de género y la alternancia en el cargo de gobernador o gobernadora, así como en los distintos cargos de representación proporcional.
Además de que la designación de género de los partidos políticos para el candidato o candidata para la elección de gobernador o gobernadora ?no estará condicionada por la designación de género de otros candidatos o candidatas de otros estados que concurran con la misma fecha de elección en el Estado de México?.
Con 19 votos, las y los diputados locales aprobaron las modificaciones al artículo 12 de la Constitución Política estatal, para determinar que los partidos políticos tienen que cumplir con el principio de la paridad de género y ?garantizar la alternancia de género en las postulaciones para el cargo de gobernador o gobernadora?.
Tratándose de la elección de gobernador o gobernadora, los partidos políticos deberán postular como candidato o candidata a una persona del género distinto a la registrada en la elección anterior.
Por lo que toca al artículo 66, se aprobó la modificación que determina que en dicha elección se preservará el principio de la paridad de género y la alternancia en la postulación que realicen los partidos políticos.
Para efectos de esta reforma, los partidos políticos podrán postular libremente para el proceso electoral del año 2023 a un candidato o una candidata. Alternándose el género para las subsecuentes.
La designación de género de los partidos políticos para candidato o candidata en la elección de gobernador o gobernadora no estará condicionada por la designación de género de otros candidatos o candidatas de otros estados que concurran con la misma fecha de la elección de la entidad.
La Reforma Legal
En las modificaciones al artículo 248 del Código Electoral, se especifica que en el caso de elección de gobernador o gobernadora, para garantizar la paridad de género, los partidos políticos deberán alternar el género en la postulación en cada elección, para ello se tomará como referencia el género postulado por cada partido en la elección inmediata anterior.
En el caso de coaliciones o candidaturas comunes, la referencia del género se hará tomando al partido político que encabece dicha alianza electoral, en términos del convenio correspondiente y apegados al contenido señalado por la Carta Magna del país y la Constitución mexiquense.
Los partidos políticos deberán establecer los mecanismos que garanticen la convivencia del principio constitucional de paridad con la autodeterminación de los partidos y los derechos de las militancias.
De igual forma, en los transitorios se hace notar que las controversias suscitadas por la presente reforma se someterán a la circunspección del Instituto Estatal Electoral del Estado de México y los partidos políticos podrán postular libremente para las elecciones de 2023 a un candidato o una candidata, alternándose el género para las subsecuentes elecciones de gobernador o gobernadora.
Durante la sesión, las diputadas del PRI, Paola Jiménez Hernández; del PAN, Ingrid Schemelensky Castro y Miriam Escalona; así como los diputados de Morena, Daniel Andrés Sibaja González y Max Agustín Correa Hernández, argumentaron en favor de la reforma, al señalar que garantiza una paridad de género real y efectiva en el acceso a la titularidad del Ejecutivo estatal, con la que además se cumple con el mandato de la Constitución federal de adecuar la norma en los congresos locales.
Por unanimidad, las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Desarrollo Electoral y Democrático avalaron las iniciativas de reforma a la Constitución local a los artículos 12 y 66 presentadas por el senador y la diputada de Morena, Higinio Martínez Miranda y Yesica Yanet Rojas Hernández, así como al artículo 248 del Código Electoral del Estado de México propuesto por la diputada del Partido Acción Nacional, Miriam Escalona Piña, en materia de alternancia y paridad de género.
Durante la sesión, el presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, diputado Enrique Jacob Rocha, resaltó que con estos cambios constitucionales y legales, que entrarán en vigor después de las próximas elecciones de 2023, se garantiza la paridad de género y la alternancia en el cargo de gobernador o gobernadora, así como en los distintos cargos de representación proporcional.
Además de que la designación de género de los partidos políticos para el candidato o candidata para la elección de gobernador o gobernadora ?no estará condicionada por la designación de género de otros candidatos o candidatas de otros estados que concurran con la misma fecha de elección en el Estado de México?.
Con 19 votos, las y los diputados locales aprobaron las modificaciones al artículo 12 de la Constitución Política estatal, para determinar que los partidos políticos tienen que cumplir con el principio de la paridad de género y ?garantizar la alternancia de género en las postulaciones para el cargo de gobernador o gobernadora?.
Tratándose de la elección de gobernador o gobernadora, los partidos políticos deberán postular como candidato o candidata a una persona del género distinto a la registrada en la elección anterior.
Por lo que toca al artículo 66, se aprobó la modificación que determina que en dicha elección se preservará el principio de la paridad de género y la alternancia en la postulación que realicen los partidos políticos.
Para efectos de esta reforma, los partidos políticos podrán postular libremente para el proceso electoral del año 2023 a un candidato o una candidata. Alternándose el género para las subsecuentes.
La designación de género de los partidos políticos para candidato o candidata en la elección de gobernador o gobernadora no estará condicionada por la designación de género de otros candidatos o candidatas de otros estados que concurran con la misma fecha de la elección de la entidad.
La Reforma Legal
En las modificaciones al artículo 248 del Código Electoral, se especifica que en el caso de elección de gobernador o gobernadora, para garantizar la paridad de género, los partidos políticos deberán alternar el género en la postulación en cada elección, para ello se tomará como referencia el género postulado por cada partido en la elección inmediata anterior.
En el caso de coaliciones o candidaturas comunes, la referencia del género se hará tomando al partido político que encabece dicha alianza electoral, en términos del convenio correspondiente y apegados al contenido señalado por la Carta Magna del país y la Constitución mexiquense.
Los partidos políticos deberán establecer los mecanismos que garanticen la convivencia del principio constitucional de paridad con la autodeterminación de los partidos y los derechos de las militancias.
De igual forma, en los transitorios se hace notar que las controversias suscitadas por la presente reforma se someterán a la circunspección del Instituto Estatal Electoral del Estado de México y los partidos políticos podrán postular libremente para las elecciones de 2023 a un candidato o una candidata, alternándose el género para las subsecuentes elecciones de gobernador o gobernadora.
Durante la sesión, las diputadas del PRI, Paola Jiménez Hernández; del PAN, Ingrid Schemelensky Castro y Miriam Escalona; así como los diputados de Morena, Daniel Andrés Sibaja González y Max Agustín Correa Hernández, argumentaron en favor de la reforma, al señalar que garantiza una paridad de género real y efectiva en el acceso a la titularidad del Ejecutivo estatal, con la que además se cumple con el mandato de la Constitución federal de adecuar la norma en los congresos locales.